viernes, 13 de julio de 2018

Parte IV: Las enseñanzas de la Iglesia Católica sobre el aborto




55 PREGUNTAS Y RESPUESTAS SOBRE EL ABORTO...que todo argentino debería conocer.

¡¡¡ARGENTINA DESPIERTA!!!




La lucha entre la "cultura de la vida" y la "cultura de la muerte"


 “En la búsqueda de las raíces más profundas de la lucha entre la ´cultura de la vida´ y la ´cultura de la muerte' es necesario llegar al centro del drama vivido por el hombre contemporáneo: el eclipse del sentido de Dios y del hombre (...) perdiendo el sentido de Dios, se tiende a perder también el sentido del hombre, de su dignidad y de su vida(Cfr. Encíclica "Evangelium Vitae", op. cit., nº 23.).

   Ofuscados por informaciones y opiniones contradictorias, no pocos católicos están asaltados por múltiples dudas acerca de las enseñanzas y aplicaciones concretas del Magisterio tradicional de la Iglesia sobre el aborto.
   En esas condiciones, encontrarán dificultades para cumplir, adecuadamente, el ineludible deber de defender con eficacia la vida inocente del no nacido, bajo constante amenaza en la sociedad contemporánea.
   De ahí la importancia fundamental de conocer con toda exactitud y en profundidad la doctrina católica sobre el tema, así como la respuesta precisa a las objeciones repetidas por los abortistas.

   Al respecto conviene recordar que: “No es lícito, en estos tiempos, tener 'una cierta opinión'; o decantar las propias ideas en determinada dirección 'por intuición'; y mucho menos por conveniencia personal. Es necesario estudiar, leer, profundizar en el tema. La vida no es un juego o una circunstancia fortuita: ni la de cada uno de nosotros, ni la de esos futuros niños que aún no han visto la luz”. (Cfr. Congregación para la Doctrina de la Fe, "El aborto provocado-Textos de la Declaración y documentos de diversos episcopados", prólogo de Mons. Juan A. Reig, obispo de Segorbe-Castellón, España, Ediciones Palabra, Madrid, 2000, p. 9).


 (43) ¿Cuál es el pensamiento de la Iglesia Católica sobre el aborto?


   Unánimemente, a lo largo de toda la historia, los Padres de la Iglesia, sus Pastores y sus Doctores, han condenado el aborto al que calificaron de homicidio.

Como explica la Congregación para la Doctrina de la Fe en el ya citado libro “El Aborto Provocado”: “La tradición de la Iglesia ha sostenido siempre que la vida humana debe ser protegida y favorecida desde su comienzo, como en las diversas etapas de su desarrollo”, oponiéndose de esa forma “a las costumbres del mundo greco-romano”. (Cfr. "El aborto provocado", op. cit., "Declaración" de la Congregación para la Doctrina de la Fe, pp. 34-36).



Los más antiguos documentos de la Iglesia denunciaron al aborto con severísimas palabras por ser contrario a la ley natural y a la ley divina. Pueden consultarse al respecto: la “Didaché Apostolorum”, ed. Funk, Patres Apostolici, V, II; Athenágoras, "En defensa de los Cristianos", 35, P.G. 6, 970; Tertuliano, "Apologeticum", IX, 8. P.L. I, 371-372; Santo Tomás de Aquino, “Comentario sobre las Sentencias”, Libro IV, dist. 31, exposición del texto.

“Los últimos pontífices romanos –continúa la Congregación vaticana- han proclamado con la máxima claridad la misma doctrina”, como lo atestiguan la Encíclica "Casti Connubi" del Papa Pío XI (31-12-1930); la Encíclica "Discurso a la Unión Médica Italiana" del Papa Pío XII (12-11-1944); la Encíclica "Humanae Vitae" del Papa Paulo VI (25-7-1968).


(44) Juan Pablo II ¿también ha condenado el aborto?


El Papa Juan Pablo II reiteró en diversas oportunidades las enseñanzas de la Iglesia en esa materia. (Cfr. Exhortación Apostólica "Familiaris Consorcio" (22-11-1981), la Institución "Donum Vitae" (22-2-1995), "Carta a las Mujeres" (29-6-1995) y Encíclica "Evangelium Vitae", Edic. Claretiana, Buenos Aires, 1995, nº 61-62, (25-3-1995)).


 Y en forma definitiva y categórica lo condenó en estos términos:

“Con la autoridad conferida por Cristo a Pedro y a sus Sucesores, en comunión con los Obispos de la Iglesia Católica, confirmo que la eliminación directa y voluntaria de un ser humano inocente es siempre gravemente inmoral. Esta doctrina, fundamentada en aquella ley no escrita que cada hombre, a la luz de la razón, encuentra en el propio corazón (Rom. 2, 14-15), es corroborada por la Sagrada Escritura, transmitida por la tradición de la Iglesia y enseñada por el Magisterio ordinario y universal” (Cfr. Encíclica "Evangelium Vitae" op. cit., nº 58).

Para hacer comprender la gravedad del “delito abominable del aborto”, el primer capítulo de la Encíclica “Evangelium Vitae” recuerda que, conforme a las Sagradas Escrituras, existen “pecados que claman venganza ante la presencia de Dios” y entre ellos “ha incluido, en primer lugar, el homicidio voluntario”. (Cfr. Gen 37, 26; Is 26, 21; Ez 24, 7-8.)
(Cfr. Encíclica "Evangelium Vitae", op. cit., nº 9 y 58, pp. 17 y 104).



(45) ¿La Iglesia no admite el aborto en caso de violación?


   Como ya quedó dicho, la Iglesia enseña que la ley natural y la ley divina: “excluyen, pues, todo derecho a matar directamente un hombre inocente”. (Cfr. "El Aborto Provocado", "Declaración...", op. cit., p. 40).



Sin desconocer las dificultades que eventualmente podría acarrear un embarazo en estas condiciones, la doctrina católica es categórica: no hay razón alguna que pueda darnos el derecho a disponer de la vida de un ser inocente e indefenso en el seno materno.
Esta enseñanza de la Iglesia “no ha cambiado y no es cambiable”. (Cfr. Pablo VI, "Discurso al XXIII Convgno nazionale della Unione Giuristi Cattolici", 9-2-1972, Insegnamenti, 1972, p. 1261).


(46) Y si la vida de la madre corriera peligro, ¿no es ésta causa suficiente para permitir el aborto?


Es necesario insistir: jamás un católico puede aprobar el aborto.

Como ya fue explicado, en este caso el médico deberá intentar poner a resguardo tanto la vida del niño como la de su madre.

En el discurso a los participantes del Congreso de la Unión Católica Italiana de Obstetricia, el Papa Pío XII aclaró que:

“Ningún hombre, ninguna autoridad humana, ninguna ciencia, ninguna 'indicación médica', eugenésica, social, económica, moral puede exhibir o dar título jurídico válido a una disposición deliberada directa sobre la vida humana inocente, es decir, a una disposición que persiga su destrucción, sea como fin, o como medio para obtener otro fin que tal vez no sea en sí mismo absolutamente ilícito. Así, por ejemplo, salvar la vida de la madre es un fin muy noble; pero la muerte del no nacido directamente provocada, como medio para este fin, no es lícita. La destrucción directa de la llamada 'vida sin valor', nacida o por nacer, practicada en gran número en los últimos años, no se puede justificar de modo alguno”. (Cfr. "Discurso a los congresistas de la Unión Católica Italiana de Obstetricia, sobre el apostolado de las parteras", 29-10-1951, en Luis Alonso Munoyerro, "Moral Médica en los Sacramentos de la Iglesia", Ed. Fax, Madrid, 1955, p. 370).


Del mismo modo Juan Pablo II reiteró la ilicitud del aborto cuando corre riesgos la vida de la madre:


“Es cierto que en muchas ocasiones la opción del aborto tiene para la madre un carácter dramático y doloroso, en cuanto que la decisión de deshacerse del fruto de la concepción no se toma por razones puramente egoístas o de conveniencia, sino porque se quisieran preservar algunos bienes importantes, como la propia salud o un nivel de vida digno para los demás miembros de la familia. A veces se temen para el que ha de nacer tales condiciones de existencia que hacen pensar que para él lo mejor sería no nacer. Sin embargo, estas y otras razones semejantes, aun siendo graves y dramáticas, jamás pueden justificar la eliminación deliberada de un ser humano inocente”. (10 Cfr., Encíclica "Evangelium Vitae", op. cit., nº 58).

________________________________________


      Sanciones de la Iglesia a quienes favorecen o practican el aborto


(47) ¿Qué sanciones prevé la Iglesia contra quienes practican el aborto?


“Quien procura el aborto, si éste se produce, incurre en excomunión 'latae sententiae', es decir, automática [sin que medie sentencia]. La excomunión afecta a todos los que cometen este delito conociendo la pena.” (Cfr. Código de Derecho Canónico, Bilingüe Comentada, B.A.C., 12ª Edic., Madrid, 1993, Canon 1398; Enc. "Evangelium Vitae", op. cit. Nº 62. Una respuesta del 23 de mayo de 1988 de la CPI (AAS 80 [1988] 1818-19) declaró que por aborto debe entenderse, penalmente, la expulsión de un feto inmaduro y también su muerte procurada de cualquier modo y en cualquier tiempo desde el momento de la concepción. Respuesta que contempla las nuevas prácticas abortivas. Además, en opinión de la doctrina más común, éste debe ser buscado directamente: en consecuencia no hay delito si la acción puede producir dos efectos, uno de ellos el aborto, y éste no se busca directamente. (Código de Derecho Canónico, op. cit. comentario al canon 1398)).


Dada la gravedad del pecado cometido al practicar un aborto, la Iglesia reserva su absolución al obispo diocesano y en el caso de los religiosos el canon 695 establece una penalidad especial.


(48) ¿Y qué penas reciben quienes aconsejaran, incitaran o directa e indirectamente provocaran un aborto?


Conforme la Encíclica "Evangelium Vitae":

“La excomunión afecta a todos los que cometen este delito conociendo la pena, incluidos también aquellos cómplices sin cuya cooperación el delito no se hubiera producido”. (Cfr. Encíclica "Evangelium Vitae", op. cit., nº 62, p.112).


Tómese en consideración que el Código de Derecho Canónico no establece ninguna excepción referida a los motivos que llevaron a practicar el aborto.
La excomunión, por lo tanto, alcanza también a quienes realizan el aborto en todos aquellos casos muchas veces presentados como excepcionales: violación o peligro de vida de la mujer, deformidades en el no nacido, etc.
Dicha pena recae sobre todos aquellos que conscientemente participan de un aborto o colaboran en él, tanto de forma material (profesionales médicos y personal sanitario), como moral o psicológica (marido, novio o padres). (Cfr. Código de Derecho Canónico, promulgado por Juan Pablo II, traducción oficial de la Conferencia Nacional de Obispos de Brasil. Notas y comentarios: P. Jesús S. Hortal, S.J. Ed. Loyola, San Pablo, 1983, p. 609).


Finalmente, en la aplicación de las penas canónicas hay que tener en cuenta las posibles circunstancias eximentes (c. 1323) o atenuantes de la imputabilidad (c. 1324), en cuyo caso no se incurre en la pena "latae sententiae" (c. 1324, & 3). (Cfr. Código de Derecho Canónico, op. cit., Canon 1398 y nota al pie).


(49) ¿Cuál es la responsabilidad de los legisladores y autoridades públicas que apoyaren o votaren leyes favorables al aborto?


El Romano Pontífice es muy claro al señalar la grave responsabilidad que les cabe a los políticos y a todos cuantos, de una forma u otra, favorecen leyes abortistas:


“La responsabilidad implica también a los legisladores que han promovido y aprobado leyes que amparan el aborto, y en la medida en que haya dependido de ellos, a los administradores de las estructuras sanitarias utilizadas para practicar abortos. Una responsabilidad general, no menos grave afecta tanto a los que han favorecido la difusión de una mentalidad de permisivismo sexual y de menosprecio por la maternidad, como a quienes debieron haber asegurado –y no lo han hecho- políticas familiares y sociales válidas en apoyo de las familias, especialmente de las numerosas o con particulares dificultades económicas y educativas. Finalmente, no se puede minimizar el tramado de complicidades que llega a abarcar incluso a instituciones internacionales, fundaciones y asociaciones que luchan sistemáticamente por la legalización y la difusión del aborto en el mundo.” (Cfr. Encíclica "Evangelium Vitae", op. cit., nº 59).
________________________________________


      Las enseñanzas de la Iglesia y los no-católicos


(50) ¿Por qué se han de imponer a una mujer que no es católica los principios morales y religiosos enseñados por la Iglesia? ¿Acaso no tiene derecho a elegir lo que es mejor para ella en un tema absolutamente privado?

No se trata de imponer a no católicos principios morales y religiosos enseñados por la Iglesia. Simplemente, es un principio de derecho natural -no matar- que obviamente integra la doctrina católica. ¿O acaso se pretende invocar la libertad de opinión como pretexto para atentar contra los derechos de los demás, muy especialmente contra el derecho a la vida? (Cfr. "El Aborto provocado", "Declaración...", op. cit., p. 32).


Además, el argumento parte de una premisa errónea: una decisión es privada e íntima en la medida en que se refiere tan sólo a los intereses de quien la adopta.

Sin embargo, cuando esa decisión implica intereses de otros y derechos de terceros, ya no puede ser considerada privada, al contrario, pasa a ser representativa o delegada.

Ahora bien, nadie puede delegar a otro el derecho a decidir sobre la propia vida, porque la vida no es un bien delegable, sino vivido.

Los legítimos derechos de una mujer sobre su propio cuerpo terminan donde – en el caso del no nacido- comienza el cuerpo de otro.

Nadie, alegando privacidad, puede traspasar esos límites y lesionar derechos de terceros. Eso sería extender los límites de la privacidad a costa de tales derechos.
Así como sería absurdo aprobar el abuso de los niños por los padres, aduciendo que se trata de materia privada, es absurdo decir que una mujer puede decidir con su médico si su hijo debe vivir o morir.

Destruir un ser humano vivo en nombre del “derecho a la privacidad”, es destruir el fundamento de la razón de ser de la privacidad.

Esto no es ejercitar el “derecho a la privacidad”, sino ¡un hecho grosero y consumado de absolutismo privado!

Por lo tanto, el gobierno debe intervenir para proteger el derecho a la vida del feto amenazado por la decisión unilateral de una de las partes: su madre.


(51) ¿Por qué al legislar en una materia en la cual están concernidos todos los habitantes de una nación será necesario tomar en consideración lo que enseña la Iglesia sobre el aborto?


El derecho a la vida, como todos los derechos fundamentales del hombre, se asienta en el carácter universal y trascendente de la naturaleza humana y por ello es anterior y superior a toda ordenación jurídica positiva.

Es decir: “No es el reconocimiento por parte de otros lo que constituye este derecho; exige ser reconocido y es absolutamente injusto rechazarlo”. (Idem., ibidem, p. 38).


En consecuencia, si el Estado legaliza el derecho de algunos a solicitar o practicar el aborto, actuaría de forma arbitraria, faltaría a un deber y se arrogaría un poder que no le pertenece, socavando las bases jurídicas de la Nación
Por otra parte, es necesario comprender la gravedad que conlleva legislar al margen de la ley natural y divina, ignorando la autoridad de la Iglesia Católica en estas materias.


El conocido pensador católico brasileño, Plinio Corrêa de Oliveira, así lo explicó en una entrevista periodística cuando en su país se encendió la polémica del aborto: 

“La Iglesia Católica fue instituida por Nuestro Señor Jesucristo como maestra de la moral. Excluirla de cualquier asunto de naturaleza moral es excluir al mismo Jesucristo, lo que desgraciadamente no es raro que ocurra en los medios de comunicación de nuestros días. (...)

“El derecho de la Iglesia a ser oída no le viene de la mayoría sino de la autoridad del mismo Jesucristo, el cuál fue igualmente Maestro cuando la multitud lo glorificaba cantando: '¡Hosanna al Hijo de David!', como cuando vociferaban: '¡Crucifícalo!'.

“Negarle al Divino Maestro ese derecho, es obviamente mucho más censurable en un país católico en el cual la inmensa mayoría dispone de medios, inclusive pacíficos y enteramente legales, para conseguir que Su voz nunca sea rechazada u omitida. (...)

¡Cada aborto constituye un asesinato! (...)

“En la medida en que la impunidad legal permita que en Brasil el aborto se introduzca en nuestras costumbres, el número de asesinatos se multiplicará indefinidamente.

“Todo esto hace correr un río de pecados que gritan y claman al cielo por venganza. Esta enérgica expresión la encontramos hasta en los Catecismos.

“¿Puede haber algo más terrible para un país?

“En el plano social, los efectos del aborto son claros. Por una parte, la ausencia de frutos en las llamadas 'uniones libres' sólo contribuyen a multiplicarlas. Por otra parte, el aborto debilita los vínculos del matrimonio. En efecto, cuanto más numerosos son los hijos, tanto más se robustecen los vínculos afectivos y morales entre los padres.

“Todo esto constituye un factor más que debilita al matrimonio y a la familia, y, por tanto, a toda la sociedad brasileña” (Cfr, Plinio Corrêa de Oliveira, entrevista concedida a "Edicao Mineira", Belo Horizonte, Brasil, nº 45, 5-1-83).



Ya el Beato Pío IX había enseñado en el mismo sentido que:
“Cuando en la sociedad civil es desterrada la religión y aún repudiada la doctrina y autoridad de la misma revelación, también se obscurece y aún se pierde la verdadera idea de la justicia y del derecho, en cuyo lugar triunfan la fuerza y la violencia”.

Y deja en claro que:

“Una sociedad, substraída a las leyes de la religión y de la verdadera justicia, no puede tener otro ideal que acumular riquezas, ni seguir más ley, en todos sus actos, que un insaciable deseo de satisfacer la indómita concupiscencia del espíritu sirviendo tan sólo a sus propios placeres e intereses”. ( Cfr. Beato Pio IX, Encíclica "Quanta Cura", 8-12-1864).




(52) Si vivimos en un país democrático y pluralista, ¿no es arbitrario imponer el modo de actuar de los católicos a toda la población?


Quien plantea esta pregunta no puede olvidar, en primer lugar, que vivimos en la Argentina, nación cuyo Gobierno federal, por obligación constitucional, “sostiene el culto católico apostólico romano” (Art. 2º). 

Por lo tanto, debe esperarse que los gobernantes y los legisladores respeten los principios católicos aceptados por la mayoría de la población.

Si no actuaran así, estarían imponiendo precisamente a la mayoría los puntos de vista de la minoría.

Al final de cuentas, nadie puede pretender, so pena de aceptar la dictadura de las minorías, que sean los pequeños pero muy organizados grupos abortistas quienes, autoritariamente, dicten las normas legales para todos.

En la Encíclica “Veritatis Splendor”, Juan Pablo II vuelve a recordar que la ley natural es universal y obliga a todos los hombres:

“...La ley natural implica universalidad. En cuanto inscrita en la naturaleza racional de la persona, se impone a todo ser dotado de razón y que vive en la historia. ...Pero, en la medida en que expresa la dignidad de la persona humana y pone la base de sus derechos y deberes fundamentales, la ley natural es universal en sus preceptos, y su autoridad se extiende a todos los hombres. (...)

“Los preceptos negativos de la ley natural son universalmente válidos: obligan a todos y a cada uno, siempre y en cualquier circunstancia. En efecto, se trata de prohibiciones que vetan una determinada acción SEMPER ET PRO SEMPER, sin excepciones, porque la elección del comportamiento nunca es compatible con la bondad de la persona que actúa, con su vocación a la vida con Dios y con su comunión con el prójimo.” (Cfr. Juan Pablo II, Encíclica "Veritatis Splendor", nº 51, 52, Ed. San Pablo, Bs. As., 1993, pp. 80, 81 y 82).


(53) ¿La Iglesia no debería admitir al menos la despenalización del aborto en algunos casos?


Una vez demostrado el carácter criminal del aborto, cualquier norma sobre el mismo “exige ante todo que la ley lo reconozca como delito; lo que comporta, también por razones educativas, la previsión de penas para quien lo comete o de cualquier modo ayuda a cometerlo.” (Cfr "El Aborto provocado", op. cit. "Aborto y Ley del Aborto", Episcopado italiano, nº 16, p. 57).


Eliminar las sanciones fácilmente debilita o termina apagando por completo en la conciencia pública la idea de que el aborto es un crimen contra la vida humana.

Por eso mismo, la despenalización del aborto será tomada por muchos como una autorización para practicarlo, cuando en realidad habría significado una renuncia a castigarlo. Tanto más que en este caso dicha renuncia parece insinuar que el legislador ya no considera al aborto como un crimen, una vez que en todos los países el homicidio sigue siendo gravemente castigado. (Cfr. "El Aborto provocado", op. cit., "Declaración...", nº 21, p. 44).


En realidad, si el Estado renuncia a su obligación de defender la vida desde su inicio, tampoco la defenderá en su desarrollo y tarde o temprano terminará despenalizando o directamente legalizando el infanticidio y la eutanasia.

“Si cae bajo el poder del Estado no castigar éste 'mal' del aborto, podrá también, 'por razones convenientes' no castigar esos otros crímenes. Siguiendo la misma lógica y con el poder que posee, un día podría 'no castigar' el asesinato de vidas que son consideradas defectuosas o sin valor, se podría matar niños deformes, ancianos, enfermos incurables o seres no productivos ... De este modo se llegaría a poner la vida humana a merced del Estado.” (Cfr. "El Aborto provocado", op. cit., Episcopado mejicano, "No se destruya lo que Dios ha creado", pp. 129-130).


(54) Si se aprobara el aborto, ¿los católicos no deberían aceptarlo una vez que en el Evangelio Jesús nos enseña dar “al César lo que es del César”?


De ninguna manera, pues cuando una ley declara legitimo un acto contrario al derecho natural y divino esa sola oposición basta para que “una ley no sea ya ley”.

Por lo tanto, nunca un católico está obligado a obedecer una ley que autorice el aborto pues la misma es “intrínsecamente inmoral”.

Tampoco pueden los católicos favorecer la aprobación de esa ley, colaborar en su aplicación, ni ser obligados a ejecutar un aborto. (Cfr. "El Aborto provocado", op. cit., Introducción del Cardenal Joseph Ratzinger, Prefecto para la Congregación de la Doctrina de la Fe, p. 21).


Si bien es verdad que Nuestro Señor Jesucristo dijo: “Dad al César lo que es del César”, también enseñó que debemos “obedecer a Dios antes que a los hombres”.

Es lo que recuerda su Santidad Juan Pablo II en la Encíclica "Evangelium Vitae", cuando citando a Santo Tomás de Aquino afirma:

“Toda ley elaborada por los hombres tiene razón de ley en cuanto deriva de la ley natural. Por el contrario, si contradice en cualquier cosa a la ley natural, entonces no será ley, sino corrupción de la ley.” (10 Cfr. "Evangelium Vitae", op. cit., nº 72).
________________________________________


      Aborto, Bautismo y Bienaventuranza Eterna


La discusión sobre el aborto habitualmente se centra en el derecho a la vida del niño por nacer, olvidando el aspecto trascendente de la cuestión, es decir la vida eterna.

En efecto, al morir en la Cruz y derramar su sangre infinitamente preciosa, Nuestro Señor Jesucristo nos abrió las puertas del Cielo.

Tenemos, entonces, la gravísima obligación moral de aprovechar los frutos de la Redención. Por eso, la Santa Iglesia Católica determina que, en situaciones de riesgo, médicos y parteras administren el sacramento del bautismo a recién nacidos e incluso a fetos dentro del útero. Asimismo prescribe que, en los abortos espontáneos, el feto sea bautizado si está vivo y bajo condición si se duda de ello.

Precisamente, ese bautismo es sistemáticamente negado a los fetos extirpados criminalmente del seno materno, incluso hasta en los frecuentes casos en que el nonato es arrancado aún con vida. (Cfr. Mons. Dr. Luis Alonso Muño Yerro, "Moral Médica en los Sacramentos de la Iglesia", Ed. Fax, Madrid, 1955, 4ta. Edic., Código de Derecho Canónico, pp. 25-49).



En consecuencia, agrava aún más el monstruoso pecado del aborto esa indiferencia ante el destino que, desde su concepción, tiene el hombre a la bienaventuranza eterna. (Cfr. "Catecismo de la Iglesia Católica", nº 1703).


(55) ¿Qué consejo se le puede dar a una mujer sumergida en angustias y dificultades económicas y que está siendo presionada para deshacerse mediante el aborto del “hijo no deseado”?


Es necesario animarla a reflexionar con espíritu de Fe sobre las tribulaciones que se sufren en este “valle de lágrimas”, haciéndole comprender la obligación de todo cristiano de no limitar su mirada a la vida terrena. Y a comprender que nuestro destino es el Cielo, cuyas puertas nos abrió el divino Redentor al morir en la Cruz.

Sólo en esa perspectiva encontrará las fuerzas necesarias para no quebrantar la ley de Dios en circunstancia alguna y a confiar en la Divina Providencia, que, por mediación de la Santísima Virgen María, atenderá generosamente sus necesidades temporales y espirituales. (Cfr. Rvdo. P. Thomas de Saint Laurent, "El Libro de la Confianza", Ed. Stella Matutina, Buenos Aires, 2000, cap. III y IV).


Así se expresó al respecto, en 1974, el Cardenal Francisco Seper, en ese entonces Prefecto de la Congregación para la Doctrina de la Fe:

“Bajo este punto de vista, no existe aquí abajo desdicha absoluta, ni siquiera la pena tremenda de criar un niño deficiente. Tal es el cambio radical anunciado por el Señor: 'Bienaventurados los que lloran, porque ellos serán consolados' (Mt. 5,5). Sería volver las espaldas al Evangelio medir la felicidad por la ausencia de penas y miserias en este mundo” (Cfr., "El Aborto provocado", op. cit., "Declaración...", p. 46).
________________________________________


Conclusión: ¿Resurrección de Moloch en pleno siglo XX?


Moloch era el dios de los antiguos cananitas o fenicios. Lo consideraban el símbolo del fuego purificante, el que, a su vez, simbolizaba al espíritu. Creían que, como resultado de una catástrofe ocurrida en el comienzo del tiempo, ese espíritu se había transformado a sí mismo en obscuridad al convertirse en materia.

Según las creencias fenicias -de acuerdo con la herejía gnóstica- el hombre era la encarnación de tal tragedia ontogénica y para redimirse de ese pecado era necesario ofrecer sacrificios a Moloch inmolando bebés, por ser considerados los más impregnados de materia.

Lanzar recién nacidos al fuego constituía el más agradable sacrificio que podía ofrecerse a esa implacable divinidad, representada por una gigantesca estatua de bronce que encerraba un horno en su cavernoso cuerpo.

Las madres arrojaban a sus propios hijitos vivos en el incandescente vientre de Moloch, el que esperándolos de brazos abiertos, devoraba por el fuego a sus pobres y pequeñas víctimas. Y para atenuar la repulsión causada entre los que asistían a tales escenas, los inicuos sacerdotes de Moloch tomaban el cuidado de hacer tocar trompetas y rufar tambores para sofocar la infernal melodía de los gritos de los inocentes. (Cf. Dr. Johann B. Weiss, "Historia Universal", Vol.3, Los Hebreos; los Fenicios; sus viajes y colonias, Barcelona; La Educación, 1937, pp. 904-905).



Así, sin pena ni piedad, en aquellos tiempos los fenicios inmolaban millares de criaturas... ¿Sólo en aquellos tiempos? ¿Sólo los fenicios?


* * *


El aborto, en efecto, era una costumbre generalizada en el mundo pagano. Fue precisamente, una de las grandes y magníficas victorias obtenidas por Nuestro Señor Jesucristo en la Cruz al redimir el género humano, la virtual desaparición de esa monstruosidad en las naciones cristianas, bajo el benéfico influjo de la Iglesia.

Fueron necesarios muchos siglos de decadencia para que los hombres osaran volver a “endiosar” la práctica criminal del aborto al despenalizarlo o autorizarlo por los más diversos motivos.

Por primera vez, recién en 1920, el aborto fue legalizado en la Unión Soviética por el socialismo marxista, bajo la dictadura de Lenin. En la década del 40 y del 50 le siguieron Japón, Canadá, Suecia y varios países de Europa oriental dominados por los comunistas. Y en los años 60 y 70, en plena “revolución sexual”, tanto en los EE.UU. como en la mayoría de los países de Europa occidental, fueron abiertas las puertas al aborto legal o al menos a su despenalización.

De este modo, en los umbrales del siglo XXI, cuando tanto se proclaman los “derechos humanos”, el lugar de los sacerdotes fenicios lo ocupan médicos sin escrúpulos. Pero tragedia aún mayor –para cuya descripción el lenguaje humano tiene dificultad de encontrar las palabras exactas- el vientre de Moloch ha sido reemplazado por el propio seno materno...

Quién hubiera de decir que, en nuestros aciagos días, el lugar de mayor riesgo para la vida de un niño es ¡el vientre de su madre!, el lugar por naturaleza más resguardado, más acogedor.


¿Puede haber una mayor y más monstruosa inversión de valores?


“The womb has become a tomb”… (El seno materno se transformó en una tumba).



* * *


¿A qué divinidad se inmolan hoy las millones de víctimas inocentes?


Varían de acuerdo a un politeísmo macabro.

Cuando se trata de rendir culto al 'placer sexual', sin respetar las finalidades y consecuencias establecidas por la propia naturaleza, ese dios se llama Eros y la religión toma el nombre de Erotismo.

Cuando se trata de evitar 'estorbos', en una frenética búsqueda de conveniencias personales, ese ídolo se llama Ego y la religión tiene el nombre de Egoísmo.

Sobre todo esto, se yergue el Leviatán, es decir, los Estados hipócritas y las organizaciones internacionales, cuyos voceros tanto hablan de derechos humanos pero que son cómplices de una injusticia clamorosa: el exterminio del más indefenso de los seres, el no nacido. Y ahogan en la sangre de las víctimas inocentes al más elemental de los derechos fundamentales del hombre, el derecho a la vida, practicando la más odiosa de las discriminaciones contra el ser humano en la fase pre-natal de su existencia.


En realidad, el Moloch moderno es mucho más implacable que el dios cananita: los sacrificios humanos de la antigüedad son insignificantes si se comparan con los 50 millones de niños que todos los años son sacrificados en el vientre de sus madres.



La paradoja no podría ser más flagrante:

Precisamente de la madre el hijo debería esperar amor sin límites, pero ella lo inmola, no ya en un altar en llamas, sino en una fría mesa de operaciones.


El médico, cuya misión es garantizar la vida, se transforma en el instrumento de su muerte.


El Estado, que debería castigar a los criminales que levantan la mano contra su vida, niega al nonato el derecho a vivir.

Este trágico símbolo de la decadencia moral de la sociedad denuncia también su profunda deshumanización e irracionalidad.


De su deshumanización, por considerar a la vida del hombre como algo trivial, etéreo, una vana brisa sin una finalidad específica ni destino trascendente. De su irracionalidad, por conducir a la matanza de una vida inocente.


El aborto contradice profundamente la naturaleza humana. Es un desorden fundamental que nos aleja del principio moral más básico, el que nos manda respetar la vida de nuestros semejantes.


Bien y mal, justicia e injusticia no son meras convenciones o caprichos. A ellos debemos adecuar nuestra conducta personal para el cumplimiento de nuestros deberes.

Ahora bien, el derecho y la justicia sólo encontrarán una sólida y efectiva justificación si afirmados en sus últimos y más absolutos fundamentos, es decir, si se comprende que los inalienables derechos del hombre le vienen de su condición de haber sido creado a imagen y semejanza de Dios, y, que, como criatura, tiene el deber de dar a los demás lo que les es debido. (Cfr. Josef Pieper, "Justice", Ed. Pantheon, New York, 1955, pp. 21-22).


* * *


En esa perspectiva, anhelamos que este trabajo contribuya a que todos cumplamos con el deber sagrado de proclamar, sin tapujos y con toda valentía, la verdad, toda la verdad.

Acomodarse, ceder al miedo, a la pereza o entrar en componendas a costa de omisiones y concesiones inaceptables para la conciencia católica, constituye una defección.

Parafraseando al célebre Hugo Wast, debemos estar dispuestos, por el contrario, a no paliar las verdades fuertes ni disimular la buena doctrina, disponiéndonos a afrontar gustosos las consecuencias de ello.

Si así lográsemos evitar que se disipe la vida de un niño dentro del seno de su madre, asesinado por un “especialista” sin conciencia antes de nacer, “nos consideraríamos ricamente pagados sin que nos importase nada el odio sobreviviente al haber expuesto con palabras claras las leyes de Dios y las enseñanzas de la Iglesia”. (Cfr. Hugo Wast, "Autobiografía del hijito que no nació", Ed. Theoría, Buenos. Aires., 1994, p. 13).




¡Qué la Santísima Virgen María, Madre del Verbo Encarnado y Madre nuestra, conceda este privilegio a todos los que luchan en defensa de la vida inocente!
________________________________________


No hay comentarios:

Publicar un comentario

Related Posts Plugin for WordPress, Blogger...